Los jueces de paz en tiempos de Rosas

 Desde  el   Centro de Documentación  del Instituto, comenzamos desde el mes de mayo 2015, a brindarles pequeños extractos muy interesantes de REVISTAS de nuestra Biblioteca… esperamos les interese y luego las soliciten para terminar de leer el artículo. Nos pondrá muy felices que lo hagan …. eso dirá que leyeron…

   
  La  curiosidad de hoy es de la  REVISTA:
  “ TODO ES HISTORIA” no. 490 (mayo 2008).  H = 14
   

LOS JUECES DE PAZ EN TIEMPOS DE ROSAS

 ¿Cómo tomaba estado un juez de la campaña en la época de Rosas?. Con fecha 5 de enero de 1832 se dictaron normas para que los jueces de paz de la campaña sustituyeran al que estaba en actividad. La ceremonia de toma del cargo estaba asistida por rituales religiosos. Las consideraciones y las disposiciones son las que se indican a continuación, respetando la grafía original: “Considerando el Gobierno cuanto conviene enseñar á los Pueblos por actos públicos y solemnes, el respeto que deben á los encargados de la Administración de Justicia, y hacer sentir igualmente á  estos la gravedad é importancia de sus funciones, no menos que la responsabilidad que ellas les imponen ante Dios y la Patria, ha acordado y decreta:

Art. 1º- Luego que el Juez de Paz nuevamente nombrado reciba el oficio de su nombramiento, lo presentará al Juez de Paz existente.

Art. 2º- Ambos Jueces, entrante y saliente, acordarán lo conveniente para la recepción del primero. Esta deberá ser precisamente en día festivo, antes de la misa mayor.

Art. 3º- El Juez de Paz saliente nombrará dos vecinos de respeto, acompañado de ellos, del Cura y del Alcalde del Pueblo, irá á buscar, á la posada que en él tenga, al Juez de Paz nuevamente electo y lo conducirá hasta la iglesia del lugar.

Art. 4º- En el presbiterio de la Iglesia se colocará una mesa cubierta con un paño á la derecha del Altar Mayor, es decir en el lado de la Epístola, poniéndose en ella un Crucifijo, dos velas y el libro de los Santos Evangelios. En el mismo lado y al frente de la mesa se colocarán las sillas necesarias para los Jueces y acompañamiento . . .

  

Por: León Benarós

Bibliotecario Daniel Francisco Doffo

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